¿Qué es la acumulación del ingreso?

 Según el artículo 102 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, los ingresos se consideran acumulables cuando sean efectivamente percibidos.

Y son efectivamente percibidos cuando se cumplen los siguiente supuestos:

Cuando se reciben en efectivo, viene o servicios. O cuando aquellos corresponda a anticipos, depósitos o cualquier otro concepto, sin importar el nombre que se le designe.

Cuando el contribuyente recibe títulos de crédito emitidos por una persona distinta de quien efectúa el pago.

Cuando se percibe el cheque, se considerará acumulable el ingreso en la fecha del cobro del mismo

Cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier extinción de las obligaciones

En enajenaciones de bienes de exportación, cuando el ingreso sea efectivamente recibido.

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