¿Qué es la acumulación del ingreso?
Según el artículo 102 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, los ingresos se consideran acumulables cuando sean efectivamente percibidos.
Y son
efectivamente percibidos cuando se cumplen los siguiente supuestos:
Cuando
se reciben en efectivo, viene o servicios. O cuando aquellos corresponda a
anticipos, depósitos o cualquier otro concepto, sin importar el nombre que se
le designe.
Cuando
el contribuyente recibe títulos de crédito emitidos por una persona distinta de
quien efectúa el pago.
Cuando
se percibe el cheque, se considerará acumulable el ingreso en la fecha del
cobro del mismo
Cuando
el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier extinción de las
obligaciones
En
enajenaciones de bienes de exportación, cuando el ingreso sea efectivamente
recibido.
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